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martes, 2 de junio de 2015

MININTER: “SERENOS PUEDEN RETENER PERO NO CAPTURAR DELINCUENTES"

Consideró que la propuesta del alcalde de Lima, Luis Castañeda Lossio, es comprensible debido a los lamentables hechos delictivos registrados en diversas zonas de la capital; pero aclaró que la legislación actual no faculta a los serenos a portar armas no letales ni efectuar detenciones, dado que esas atribuciones, según la Constitución y otras normas, son exclusivas de la Policía Nacional.

Recordó que el arresto ciudadano es la facultad que tiene cualquier persona que ha sido testigo o víctima de un delito o un hecho delictivo de detener e intervenir al agresor para, inmediatamente, ponerlo a disposición de la autoridad policial.

En ese sentido, recomendó que una vez detenido al involucrado en un ilícito, se le debe inmovilizar y ponerlo “de inmediato” a disposición de la autoridad policial. 

"Cada vez estamos sumando esfuerzos entre Policía y Serenazgo mediante el patrullaje integrado. Sin embargo, hay que decir que los serenos no son autoridad, por lo que no tienen facultad para detener ni portar armas no letales. No tienen marco legal que se lo permita", enfatizó.

"Mientras tanto, nuestra apuesta va, como ya lo conversamos con el alcalde Castañeda, en dos sentidos: la oferta de capacitar a los serenos en seguridad ciudadana y, en segundo lugar, trabajar de manera conjunta, lo que gracias al arresto ciudadano y la participación de la policía estaría garantizada la labor cabal de los serenos", subrayó.

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