El Código Penal
sanciona con pena privativa de libertad no mayor de un año a quien publicite su
voto. Elecciones son este 5.
El domingo 5 de octubre se realizarán las elecciones regionales y municipales 2014 intentar fotografiar o hacer un 'selfie' con la cartilla y mostrar su decisión puede traerte problemas.
En opinión del especialista en temas electorales José Manuel Villalobos Campana, realizar esta acción debe evitarse pues iría contra el artículo 358 del Código Penal (CP) y el 31 de la Constitución Política del Perú.
"No se puede mostrar por quién has sufragado porque eso viola el voto secreto. Lo que se busca es evitar que uno vote de manera condicionada, porque se le haya amenazado u ofrecido algo", indicó.
¿Y SI SOLO MUESTRAS TU CÉDULA?
También se podría considerar violación a la referida norma penal el simple hecho de levantar la cédula y mostrar tu voto, o tomarle una fotografía a tu cartilla de votación y subirla a las redes sociales.
"El Ministerio Público debe actuar de oficio ante el conocimiento de un delito. Inmediatamente debería abrir una investigación. Si no lo hace, es el JNE - como fiscalizador de la legalidad del proceso - el que debe hacer la denuncia a través del procurador. Se trata de una incidencia grave", agregó.
QUÉ DICE EL CÓDIGO PENAL
Artículo 358: El elector que da a publicidad el sentido de su voto en el acto electoral, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de un año o con prestación de servicio comunitario de veinte a treinta jornadas.
"Si bien las condenas a un año no suelen ser efectivas, el ser sentenciado genera antecedentes penales", culminó Villalobos Campana.
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