Cañete.- Un
duro revés para la gestión del gobernador regional, Nelson Chui Mejía, se da
con un pronunciamiento emitido por el Organismo Supervisor de las
Contrataciones del Estado (OSCE) que ordena no continuar con el trámite del
proceso para la ejecución de la obra: “Construcción y equipamiento del Hospital
Regional de Cañete”.
Según
pronunciamiento N° 402-2015/DSU, el pasado 24 de abril del 2015, el presidente
del comité especial remitió al OSCE las 7 observaciones formuladas por el
participante NEPTUNO CONTRATISTAS GENERALES S.A.C, las 6 observaciones del
participante HIJOS DE TERRATS CONSTRUCCIONES, así como el informe técnico
respectivo, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley de Contrataciones del
Estado.
Luego
de la evaluación de las observaciones, dispusieron que el Comité Especial
deberá cumplir con efectuar las modificaciones de las Bases que hubiere a
lugar, así como registrar en el SEACE la documentación solicitada.
Asimismo,
disponen que publicado el pronunciamiento del OSCE en el SEACE, el Comité Especial
deberá implementarlo estrictamente, aún cuando ello implique que dicho órgano
acuerde bajo responsabilidad, la suspensión temporal del proceso y/o la
prórroga de sus etapas, en atención a la complejidad de las correcciones,
adecuaciones o acreditaciones que sea necesario realizar.
Al
momento de integrar las Bases, el comité especial deberá modificar las fechas
de registro de participantes, integración de Bases, presentación de propuestas
y otorgamiento de la buena pro, para lo cual deberá considerar que, las
personas naturales y jurídicas que deseen participar en el presente proceso
podrán registrarse un día después de haber quedado integradas las Bases.
En
caso la Entidad continúe con el proceso sin sujetarse a lo dispuesto en el
pronunciamiento, tal actuación constituirá un elemento a tomar en cuenta para
la no emisión de las constancias necesarias para la suscripción del respectivo
contrato; siendo que la dilación del proceso y los costos en los que podrían
incurrir los postores y el ganador de la buena pro son de exclusiva
responsabilidad de la Entidad.
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