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viernes, 11 de agosto de 2017

ADQUIEREN KITS ELECTORALES PARA ELECCIONES 2018

Un total de 668 formatos para la recolección de firmas de adherentes (kit electoral) han sido adquiridos, a la fecha, en la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) con la finalidad de conformar organizaciones políticas de alcance regional, provincial y distrital, para participar en las Elecciones Regionales y Municipales, las mismas que se realizarán en el mes de octubre del año 2018.

Entre los promotores se encuentra el ciudadano danés Jan Henri Larsen, quien a la fecha se desempeña como alcalde del centro poblado El Trópico, en el distrito de Huanchaco, provincia de Trujillo (La Libertad).

Larsen aspira a conformar una organización política de alcance distrital denominada “Juntos por Desarrollo y la Modernidad por Huanchaco”, con la finalidad de postular a la alcaldía del distrito liberteño de Huanchaco. Por esta razón, en el mes de agosto del presente año, adquirió ante la Oficina Regional de Coordinación (ORC) de la ONPE en Trujillo, el kit electoral con la denominación antes indicada.

El artículo 7° de la Ley N° 26864 (Ley de Elecciones Municipales) precisa que los extranjeros mayores de 18 años, residentes por más de dos años continuos previos a la elección, están facultados para elegir y ser elegidos, excepto en las municipalidades de frontera, siempre y cuando estén debidamente inscritos en el registro correspondiente. Para ejercer este derecho, el extranjero se identifica con su respectivo carné de extranjería.

El kit electoral es un conjunto de documentos y formatos que un ciudadano necesita para iniciar la recolección de firmas de adherentes con la finalidad de inscribir ante el Jurado Nacional de Elecciones una organización política; para tal efecto, los promotores deberán recolectar como mínimo un número de firmas de adherentes no menor al cinco por ciento (5%) de los ciudadanos que sufragaron en la circunscripción en las últimas elecciones de carácter nacional, conforme a lo precisado en el artículo 17°, literal a), de la Ley N° 28904, Ley de Organizaciones Políticas, en concordancia con la Resolución N° 1042-2016-JNE del Jurado Nacional de Elecciones.


Asimismo, el artículo 5° de la Ley N°28094 (Ley de Organizaciones Políticas) precisa que las organizaciones políticas cuentan con un plazo de dos años, contados a partir de la adquisición de formularios, para la recolección de firmas de adherentes y la presentación de la solicitud de inscripción ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).

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