Empresario pesquero es familiar
directo del ex congresista de la república Manuel Zerillo Bazalar, quienes pretendería presuntamnte apropiarse de terrenos del estado.
Como revelamos en el informe anterior donde la señora Raquel
Elena Tasso Clímaco (Tía de Ollanta Humala) y su esposo Manuel Zerillo Bazalar
(Ex Congresista de la República) intentaban adueñarse de terrenos del estado,
ahora le tocó el turno a un familiar directo de Zerillo Bazalar, estamos
hablando del dueño del Hotel “Mar de Costa” el empresario Pesquero José Oswaldo
Luna Bazalar, quien pretendería apropiarse de un terreno de 2,596.06 (Dos mil
quinientos noventa y seis metros cuadrados).
Agarren su canchita y siéntense a leer el siguiente informe, relataremos la
historia de todo este asunto que viene desde el 2005.
PEPE EL VIVO
El 05 de julio del 2005 José Oswaldo Luna Bazalar se apersona
ante el Juzgado de Paz de Segunda Nominación del Distrito de Hualmay distrito
judicial de Huaura – Huacho y solicita inspección judicial en un predio en la
Playa Chorrillos distrito de Huacho (Terreno invadido) argumentando que el
terreno ha sido solicitado a las autoridades competentes para una explotación
Recreativa y/o turísticas en el FUTURO, MUY EN EL FUTURO POR LO QUE SE PUEDE
APRECIAR (OJO: NUNCA ADJUNTO NINGÚN DOCUMENTO QUE CERTIFIQUE ESTO)….
Y también para la explotación
de crianzas de peces marinos, (¿NOS GUSTARIA SABER A QUE ENTIDADES COMPETENTES
SE SOLICITO EL TERRENO EN ESE ENTONCES?).
Según el acta de inspección al que tuvimos acceso, al momento de
la inspección técnica (2005) el predio se encontraba libre y sin circular tan
solo con hitos que habían sido colocados por los que invadieron dicho terreno
para determinar los límites del mismo.
¿Qué PASO AQUÍ?, en ese tiempo tan fácil era invadir un terreno
en la “playa”? Poner 4 hitos y llevar a un juez de paz para que de fe que soy
el “posesionario” del terreno, bueno es algo que tendría que explicar el Juez
de Paz de ese entonces y también ¿porque siendo el JUEZ de Hualmay se vino
hasta Huacho a realizar este “trabajito”?, por cierto en ese entonces ya habían
notarias en Huacho, pero volvamos al tema.
*UBICACIÓN DEL PREDIO
Ubicado en la playa chorrillos al lado del camino carrozable con
salida a la calle Pedro Luna Arrieta a la altura del predio signado con numero
314 Manchuria Baja, jurisdicción distrito de Huacho, Provincia de Huaura,
departamento Lima… en conclusión José Luna Bazalar invadió un terreno que
estaba ubicado frente a su Hotel y que es ÁREA DE PLAYA PROTEGIDA.
*ANALIZANDO EL ACTA DE INSPECCIÓN JUDICIAL nos damos con la sorpresa
que la emitió un Juez de Paz de Hualmay, ¿qué cosaaaa?, si, así como lo lee un
juez de Paz de Hualmay le hizo el favor al empresario pesquero, ¿pero que hay
de malo en eso?, un juez de Paz solo puede ejercer sus funciones en su
jurisdicción o solo si en un radio de 5 km a la redonda no hay notarias, eso en
Huacho era imposible ya que habían notarias, un juez de paz solo puede actuar
en su jurisdicción, en este caso solo el distrito de Hualmay y no en Huacho,
seguimos analizando el documento y vemos que le entregan un documento a José
Luna Bazalar donde dice: ASUNTO: REMITE ACTA DE INSPECCION JUDICIAL -
CONSTANCIA DE POSESION, ¿QUEEEEE?, como se puede emitir una constancia de
posesión en un área donde solo hay hitos y es un terreno vacío?, pero lo más grave
no es eso, sino que es un área de playa protegida, según la ley N° 26856.
Esto es indignante, con esto fácilmente cualquier ciudadano
podría ir a la playa agarrar cuatro palos, demarcar el área que se le dé la
gana de invadir, posteriormente llamar a un Juez de Paz y hacer que certifique
que soy posesionario y listo el terreno ya es mío, por increíble que parezca de
esa manera se habría actuado.
PAGOS DE ARBITRIOS A LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA
Por increíble que parezca José Luna Bazalar habría estado
pagando impuestos prediales por el terreno que había invadido en la playa
Chorrillos de Huacho, pagando desde el año 2005 al 2013, lo anecdótico del caso
es como la Municipalidad Provincial de Huaura en ese entonces acepto su
inscripción predial si tan solo adjuntaba ACTA DE INSPECCIÓN JUDICIAL -
CONSTANCIA DE POSESIÓN EMITIDA POR UN JUEZ DE PAZ DEL DISTRITO DE HUALMAY Y
PARA VARIAR EL TERRENO ERA INVADIDO Y DE USO PÚBLICO COMO SON LAS PLAYAS.
Con fecha 17 de diciembre del 2015 José Oswaldo Luna Bazalar
identificado con DNI 15725858 solicita regularización de inscripción predial
como posesionario o tenedor ante la Gerencia de Administración Tributaria de la
Municipalidad Provincial de Huaura del predio ubicado en Av. La Manchurria Baja
S/N (En otras palabras quería seguir pagando arbitrios por el terreno
invadido).
¿POR QUÉ PAGAR IMPUESTOS DE ALGO QUE NO ES TUYO?
Al parecer José Luna Bazalar se habría querido valer de argucias
legales para poder quedarse con el terreno en mención ya que al pagar sus impuestos
se estaría comportando como posesionario.
Pero ya se, uds se estarán preguntando ¿porque tanto problema
con este tío? ¿Cuántas personas invaden? ¿Acaso Huacho no ha crecido a punta de
invasiones, prueba de ello es el cono Sur o no?, bueno nos ilustraremos un poco
en el tema, para empezar las invasiones están prohibidas a partir del año 2004
y otro punto importante es que el terreno invadido es un área de playa
protegida según la ley N° 26856, un área de disfrute para todas las personas,
¡otro punto más importante! ¿Acaso este señor es una persona que necesita un
terreno donde vivir? ¿Acaso no tiene dinero para comprarse un terreno y poder
realizar su proyecto?¿Quién no conoce en Huacho a los Zerillo, Bazalar, Tasso?
Si ellos, ELLOS QUE SON UNA DE LAS FAMILIAS MÁS PODEROSAS DE HUACHO Y ESTÁN
INVADIENDO LA PLAYA CHORRILLOS, Bueno juzguen Uds. Mis queridos lectores,
nosotros solo cumplimos con brindarles la información.
MEMORIA DESCRIPTIVA DEL PLANO
Acá viene quizá un dato muy interesante, ya que el documento que
adjunto el señor José Luna Bazalar para la regularización de su inscripción
predial dice PROYECTO: CESIÓN EN USO. Primero partamos por saber que es eso?,
ilustrémonos…
*¿QUÉ ES CESIÓN EN USO?
Por la cesión en uso sólo se otorga el derecho, excepcional, de
usar temporalmente a título gratuito un predio estatal a un particular, a
efectos que lo destine a la ejecución de un proyecto de desarrollo social,
cultural y/o deportivo, sin fines de lucro (SEGÚN GLOSARIO DE TERMINOS
FRECUENTES - SISTEMA NACIONAL DE BIENES ESTATALES (SBN)). En otras palabras
quiere decir que el estado podría ceder un área determinada de terreno a una
persona particular para que ejecute un proyecto, el plazo mínimo es de 30 años.
La memoria descriptiva elaborada en septiembre del 2015 nos
confirma que el señor José Luna Bazalar recién en el 2015 después de 10 años
que invadió la playa estaría buscando que el estado le otorgue el terreno con
una CESIÓN EN USO, ¡QUE BONITO! Osea primero invado la playa, modifico la fauna
y flora que había en el lugar y después pienso regularizarme para seguir
aprovechándome del sistema ineficiente que existe en el Perú y afecto a las
personas en el disfrute y goce de las playas.
*Según la memoria descriptiva del terreno estos son sus
colindantes
POR EL FRENTE ESTE:
Colinda con camino carrozable de Playa Chorrillos, en línea quebrada de dos
tramos de sur a norte.
POR LA DERECHA ENTRANDO NORTE
Colinda con playa Chorrillos (Zona de Filtración), en línea recta de este a
oeste.
POR LA IZQUIERDA ENTRANDO SUR
Colinda con playa Chorrillos en line recta de este a oeste.
POR EL FONDO OESTE
Colinda con playa chorrillos en línea recta de sur a norte.
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA DECLARA IMPROCEDENTE LA
INSCRIPCIÓN PREDIAL Y LE DA DE BAJA
Con fecha 15 de mayo del año 2017 la municipalidad declara
IMPROCEDENTE la inscripción predial solicitada por DON JOSÉ OSWALDO LUNA
BAZALAR procediéndose a la baja predial del predio ubicado en Av. La Manchurria
Baja S/N del distrito de Huacho, registrado en el código único de contribuyente
N° 498022 a nombre de LUNA BAZALAR JOSE OSWALDO Y ESPOSA, la resolución lo
firma el Mg. Herminio Cruz Fernández Gerente de Administración Tributaria.
*PUNTOS OBSERVADOS PARA LA BAJA PREDIAL
José Luna Bazalar no acredita la titularidad del inmueble, de
conformidad a lo establecido en la ley de tributación municipal con decreto
legislativo N° 776 y su texto único ordenado aprobado con Decreto Supremo N°
156-2004-EF.
La Gerencia de Desarrollo y Ordenamiento Territorial mediante
Informe N° 929-2016-GDYOT/MPH de fecha 03-10-2016, traslada el informe N°
804-2016-SGPTYC/GDYOT/MPHH presentado por la Sub Gerencia de Planeamiento
Territorial y catastro, en el cual se emite información con respecto al predio
ubicado en la Av. La Manchurria Baja S/N – Playa Chorrillos al lado del camino
carrozable con salida a la Calle Pedro Luna Arrieta a la altura del predio
signado con el N° 314 Manchurria Baja, materia de inscripción requerida por el
administrado, a fin de establecer si está dentro de propiedad municipal, áreas
de aporte y/o comunes y otros. Notificando que revisado los documentos
presentados (Plano perimétrico - ubicación) y habiendo realizado la inspección
física inopinada para determinar si el predio que se pretende inscribir se
encontraría ubicado en la playa, ya que amparándonos en la ley N° 26856 donde
“DECLARAN QUE LAS PLAYAS DEL LITORAL SON BIENES DE USO PUBLICO, INALIENABLES E
IMPRESCRIPTIBLES Y ESTABLECEN ZONA DE DOMINIO RESTRINGIDO”, DETERMINANDO QUE EL
PREDIO EN CONSULTA SE ENCONTRARÍA EN LA PLAYA según ley N° 26856, ya que se
encuentra dentro de los 50 metros considerado como ZONA DE PLAYA.
¿DONDE ESTÁN LAS AUTORIDADES COMPETENTES QUE NO SE PRONUNCIAN AL
RESPECTO?...
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