La Oficina de Control de
la Magistratura (OCMA) y las Oficinas Desconcentradas de Control de la
Magistratura (ODECMA) del Poder Judicial, ya cuentan con un nuevo procedimiento
efectivo para solicitar el levantamiento del secreto bancario y de las
comunicaciones de los jueces y servidores judiciales comprendidos en
investigación disciplinaria, sin afectar su derecho a la defensa y descargos.
Así lo dio a conocer la
doctora Ana María Aranda Rodríguez, Jefa Suprema de la OCMA, quien aprobó la
Directiva la Directiva N° 03-2015-J-OCMA/PJ, mediante Resolución de Jefatura N°
130-2015-J-OCMA/P, a través de la cual estandariza los pedidos de levantamiento
del secreto de las comunicaciones y/o del secreto bancario, que se suscitan en
la tramitación de los procedimientos disciplinarios ante los órganos de control
de este Poder del estado.
Para acceder a la
información reservada dentro de una investigación disciplinaria, los órganos contralores
deberán contar con una autorización judicial que apruebe dicho levantamiento.
“Esto permitirá contar con mayores elementos de prueba en el desarrollo de las
investigaciones disciplinarias para la eventual sanción de las conductas
disfuncionales”, manifestó la Jefa Suprema de la OCMA.
Para sustentar el pedido
de levantamiento de los secretos a las comunicaciones y/o bancario, se deberá
constatar la existencia de suficientes elementos de convicción respecto al caso
investigado en atención a la naturaleza y finalidad de la medida y al derecho
objeto de limitación, su necesidad y pertinencia para el esclarecimiento del
caso, el respeto al principio de proporcionalidad y la debida motivación del
pedido.
De esta manera, el órgano
de control representada por la doctora Aranda Rodríguez, reafirma su compromiso
de enfrentar todas las irregularidades que empañan la imagen del Poder
Judicial, fortaleciendo la institucionalidad con la implementación de
facultades y atribuciones previstas en la Ley de la Carrera Judicial (Ley N°
29277).
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