Finalmente, la Corte
Superior de Justicia de Huaura declaró infundado el pedido de acción de amparo
solicitado por la vice presidenta regional lita Román Bustinza en base a la
modificatoria de sus sueldo.
La vicepresidenta regional Román Bustinza considera que no debió haberse
aceptado ni tramitado la solicitud de petición de reducción de su remuneración
como “pedido” toda vez que debió haber correspondido a una moción del día.
El Primer Juzgado Civil de
Huaura señaló, que no se vulneró procedimiento alguno de la propuesta que se
realizó para la adopción del acuerdo de consejo y sobre el segundo punto
sostiene que el consejo regional no está en la obligación de invitar a la vice
presidenta por cuanto la sesión es de carácter abierto.
Considera también que
el facultad de este órgano de gobierno fijar el sueldo del presidente,
vice presidente y dietas de los consejeros regionales por lo que no se procedió
a la reducción de las remuneraciones sino a fijar la misma para el año 2013.
Por lo tanto se “falla
declarando infundada la demanda en los seguidos por Lita Román, con el gobierno
regional de lima sobre el proceso de amparo” detalla el documento.
Como se recuerda mediante
acuerdo de consejo regional 017-2013 fue fijado el sueldo de Lita Román en dos
mil soles habiendo percibido desde inicio de gestión la suma de 9 mil cien
soles, esto motivó una serie acciones por parte de la afectada asumiendo que no
se había respetado el debido proceso.
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