El jurado Electoral Especial de Huaura pone de
conocimiento a la ciudadania en general que de conformidad con lo establecido
en los reglamentos de inscripción de formula y listas de candidatos para la
presente elección regional y municipal 2014, se han excluido a candidatos de los comicios que se realizaran
el próximo 05 de octubre, siendo ellos los siguientes:
1.- Tamara Ortiz, Luis antonio – candidato a
consejero regional titular por la provincia de oyón por la organización
política solidaridad nacional – por tener sentencia con condena vigente por
delito de violencia contra la autoridad, expedida con fecha 21-05-2013, con una
pena privativa de la libertad condicional de 04 años, ordenada por el 12°
juzgado penal de lima norte.
2. - Cuellar jose del carmen, candidato a
consejero regional titular para la provincia de oyón, por la organización
política acción popular – por tener sentencia con condena vigente por el delito
de estafa genérica con ffecha noviembre 2011 – pena privativa de la libertad
condicional de 03 años. asimismo se excluyó al consejero regional candidata
geovanna fatima dik santiago.
3.
Espinoza espinoza walter rolando, candidato
para consejero regional titular de la provincia de huaura por el partido político perú posible –
asímismo existía solicitud de exclusión del mismo partido sobre lo establecido
en su codigo de etica, toda vez que dicho candidato cuenta con sentencia
vigente por robo agravado de fecha 29/09/2013 - con una pena privativa de la
libertad condicional de 04 años.
4.
alvarado moreno, fernando floriano, candidato
para alcalde del concejo distrital de paramonga por el partido político alianza
para el progreso – por tener sentencia con condena vigente por estafa de fecha
12/01/2012 interpuesta por el 29° juzgado penal de lima - con una pena
privativa de la libertad de 04 años suspendida por 03 años.
5.
caceres calachua, higinio – candidato a
regidor para el concejo distrital de vegueta por el movimiento regional
“justicia y capacidad” – por tener sentencia con condena vigente por el delito
de lesiones graves con fecha setiembre
2011, con una pena privativa de la libertad condicional de 03 años 04 meses.
6.
montalvo taboada, guillermo martín –
candidato a consejero regional accesitario por la provincia de barranca por la
organización política alianza para el progreso; por contener dato falso en su
declaración jurada de vida (indicó que estudió en la i.e. 21012 durante el
periodo 1987-1992; sin embargo del cruce de información con dicha institución,
se indica que solo estudió el 5to grado en el año 1992).
7.
jimenez justo, gerson manuel – candidato a
tercer regidor para el concejo distrital de navan – provincia de oyón- por la
organización política unión por el perú – por no haber declarado sentencia por
obligación alimentaria.
8.
pacheco hilario, richerd luis nixson,
candidato a quinto regidor para el
concejo distrital de paccho – provincia de huaura por el partido político unión
por el perú – por no haber consignado en su declaración jurada de vida la
existencia de una sentencia por alimentos.
9.
laos panana, julio cesar – candidato a la
alcaldía del distrito de caleta de carquin –prov. huaura por la organización
política movimiento regional justicia y capacidad – por no haber consignado en
su declaración jurada de vida la existencia de una sentencia por alimentos.
De este grupo de candidatos, 05 candidatos tenian condena
vigente y 03 candidatos han omitido o consignado datos falsos en sus
declaraciones juradas de vida.
De los candidatos con condena vigente tres aspiraban a
ser consejeros regionales, uno aspiraba a la alcaldía del concejo distrital de
paramonga y el último aspiraba a regidor del concejo distrital de vegueta.
Los otros cuatro candidatos excluidos por declaraciones
falsas u omisiones en sus declaraciones de hojas de vidas, el primero aspiraba
a consejero regional, dos aspiraban a ser regidores para el cocejo distrital de
vegueta y paccho y el último aspiraba a la alcaldía del distrito de caleta de
carquin.
Asimismo, en el caso de los consejeros regionales
titulares se han excluido a los consejeros regionales accesitarios, bajo el
principio de accessorium sequitur principale, “ lo accesorio sigue la suerte
del principal” conforme lo establecido en el reglamento de inscripción de
formulas y listas de candidatos regionales.
Para estos comicios el jee de huaura ha recibido la
solicitud de inscripción de 2,144 candidatos regionales y municipales de las
provincias de oyón, cajatambo, barranca y huaura.